Una de las nuevas noticias para terminar esta semana es que, en mi cuarto intento, he conseguido abrir una cuenta bancaria. Ya os conté las dificultades que tuve para demostrar mi residencia. La solución vino tras pasar por Hacienda (aquí llamada Revenue) y registrarme como autónoma (que aquí llaman self-employed). A partir de aquí, todo ha ido bien y ya he comenzado a recibir mis primeros ingresos oficiales en Irlanda.
Ser autónomo en Irlanda es diferente a serlo en España, aquí no hay que pagar una cuota mensual sino que la liquidación de pagos con Hacienda viene al final del año fiscal. El pago del IVA depende de si excedes una cantidad de ingresos, por ejemplo,si ganas menos de 27.000 euros estás exento. El IVA oscila entre el 21.5% y el 20%. Para tener seguro médico y derecho a jubilación has de pagar un mínimo de 253 euros, pero aún desconozco si es un pago cuatrimestral, mensual o anual. Sea como fuere, no estás obligado a su pago.
Además, no estás obligado a registrarte al comenzar tu actividad económica sino que puedes hacerlo a los varios meses de haber empezado tu negocio. Aunque si te retrasas mucho luego tienes recargos.
Otra de las grandes diferencias de España e Irlanda en cuanto a Hacienda es la rapidez de los trámites. Para darme de alta y solicitar unos certificados de impuestos no tardé más de cinco minutos en el mostrador. El funcionariado es eficaz y no hay una burocracia interminable. Disponen de formularios traducidos en varios idiomas, entre ellos, el español y te aconsejan qué tipo de trámites son mejores y necesitas para tu actividad económica. Eso sí, esto no quita, que sea mejor buscar un asesor fiscal que te ayude con el pago de impuestos, algo que puedes hacer por Internet (ROI) y sin pasar por la oficina.
El Camino de Miguel Delibes
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